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Airbnb cree que el registro de alquiler vacacional "se queda corto" al dar transparencia

Airbnb reconoce "los esfuerzos" para abordar las preocupaciones para la redacción del decreto sobre el alquiler vacacional de corta duración.

Airbnb considera que el Real Decreto aprobado este lunes por el Gobierno para regular el registro de alquiler vacacional de corta duración "se queda corto" a la hora de armonizar las obligaciones de registro para los anfitriones y al proporcionar más transparencia.

En un comunicado, la compañía reconoce "los esfuerzos" del Ministerio de Vivienda para abordar las preocupaciones que tenía Airbnb durante la consulta pública para la redacción de este decreto, que tiene la intención de implementar en España la normativa europea de alquileres de corta duración.

No obstante, considera que no establece un "punto único de entrada" para que los anfitriones soliciten el registro solo a un nivel, como indica el marco europeo, sino que fomenta "la acumulación de diferentes registros" a nivel nacional, autonómico y municipal, lo que "complicará aún más las tareas administrativas" de quienes quieran compartir sus viviendas.

Por ello, Airbnb señala que continuará colaborando con el Gobierno de España en el desarrollo técnico del decreto con la intención garantizar que "se dedica el tiempo necesario para la adopción de la legislación" y que se prioriza el "bienestar económico de los anfitriones, la preservación de las comunidades locales y prácticas turísticas responsables" para mayo de 2026, momento en el que las viviendas de alquiler de corta duración deberán tener un número de registro obligatorio según la Unión Europea.

¿Qué es el nuevo Decreto sobre el alquiler vacacional?

El Real Decreto al que se refiere es al aprobado este mismo lunes en el consejo de ministros y por el que se regula el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos para la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración.

De esta manera, el registro entrará en vigor el 2 de enero de 2025, pero su aplicación será efectiva a partir del 1 de julio de 2025, finalizado el período de transición para que empresas y administraciones se adapten a lo dispuesto en la norma.

Una vez publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), España se convertirá en el primer país de la Unión Europea que pone en marcha el reglamento Europeo por el que se establece la obligación a los Estados miembros de crear un sistema de información en materia de alquileres de corta duración, a través de un sistema de registro y de obtención de un número de identificación para el alquiler de corta duración de una vivienda.

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