El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha impuesto a Avis una sanción de un millón de euros por cobrar a sus clientes entre 33,88 y 45 euros en concepto de gastos de gestión cuando recibían una multa de tráfico durante el alquiler de vehículos. (Consumo investiga a Volotea por el recargo del combustible tras una denuncia de FACUA)
Consumo multa a Avis con 45M de euros por "gestionar las multas" de los clientes
El Gobierno considera ilegal que Avis cobre hasta 45 euros por “gastos de gestión” en las multas de clientes de alquiler de vehículos.
Cartel de una de las oficinas de Avis.
En pocas palabras
- Avis multada: El Gobierno sancionó a Avis con 1 millón de euros por cobrar gastos de gestión en multas.
- Cobro ilegal: Se considera ilegal el cobro de entre 33,88 y 45 euros por un trámite inherente a la obligación de la empresa.
- Vulneración legal: La sanción se basa en la vulneración de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Según Consumo, la compañía repercutía al usuario el coste de realizar un trámite que forma parte de sus propias obligaciones legales.
En concreto, la resolución concluye que esta cláusula vulnera los artículos 82, 87.5 y 87.6 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, señalando que el recargo imponía al cliente el pago de un servicio ligado al cumplimiento de una obligación de la propia compañía y "generaba una carga económica desproporcionada dentro del contrato".
¿Por qué Consumo considera ilegal el cobro de Avis?
La clave está en el artículo 11 de la Ley de Tráfico. El titular de un vehículo está obligado a facilitar a la Administración la identidad de la persona que conducía cuando se produjo una infracción. Cuando el propietario es una empresa de alquiler sin conductor, la normativa permite cumplir este trámite aportando los datos correspondientes o, en determinados casos, una copia del contrato de arrendamiento.
Por tanto, la sanción no cuestiona la responsabilidad del cliente sobre una eventual multa de tráfico, sino el recargo adicional aplicado por Avis por identificar al arrendatario ante las autoridades. Consumo sostiene que ese procedimiento no puede facturarse como un servicio independiente al usuario porque deriva de una obligación impuesta legalmente al titular del vehículo.
Una infracción de Avis considerada "muy grave"
El procedimiento se inició a raíz de una denuncia presentada por la Asociación de Personas Consumidoras y Usuarias Vasca EKA/ACUV. La resolución dictada por el Ministerio agota ahora la vía administrativa, aunque Avis mantiene la posibilidad de recurrir la decisión ante los tribunales.
La cuestión sigue teniendo además una derivada comercial. La página de preguntas frecuentes de Avis consultada este 19 de agosto continúa indicando que cobra una tasa administrativa independiente del importe de la multa para cubrir los gastos asociados al procedimiento.
La información disponible en ese apartado no especifica la cuantía, aunque mantiene la referencia al cobro recogido en sus términos y condiciones.
Temas relacionados

