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Las agencias de viajes, extrañadas por las "lagunas" de la AEPD sobre el 933

La patronal de agencias de viajes UNAV denuncia que la Agencia de Protección de Datos no aclare si el 933 es o no compatible con la normativa europea.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado un pronunciamiento oficial sobre la aplicación del Real Decreto 933/2021, centrado en las obligaciones de información documental que afectan al sector turístico (especialmente a las agencias de viajes).

En su escrito, la AEPD advierte expresamente contra la práctica de solicitar copias del documento de identidad a los clientes, por considerar que vulnera el principio de minimización de datos recogido en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Pero el organismo se queda ahí. No explica si el decreto va en contra (o no) de la normativa europea de protección de datos.

La Unión de Agencias de Viajes (UNAV), indignada por la falta de contundencia de la AEPD

Una publicación ha sido comentada por Mª Dolores Serrano, consejera de la Unión de Agencias de Viajes (UNAV), a través de su perfil en LinkedIn. En su publicación, titulada “La AEPD se pronuncia sobre el RD 933/2021… pero no del todo”, Serrano valora positivamente la posición del organismo en lo relativo a la protección de datos, pero subraya las importantes omisiones del comunicado.

Una agencia de viajes en el centro de Madrid.jpeg
Una agencia de viajes en el centro de Madrid

Una agencia de viajes en el centro de Madrid

Entre los aspectos que no han sido abordados por la AEPD, destaca la ausencia de valoración sobre la compatibilidad general del decreto con el marco europeo de protección de datos. Asimismo, Serrano critica que el texto no haga referencia a otros sectores afectados por la normativa, como las agencias de viajes, que también están sujetas al cumplimiento de esta obligación documental. (CEAV, UNAV, ACAVE y FETAVE, a un paso de la batalla judicial por el 933)

Desde UNAV insisten en la "necesidad de excluir a las agencias de viajes del ámbito de aplicación del Real Decreto 933/2021", al considerar que fue diseñado sin tener en cuenta las particularidades del sector ni sus prácticas operativas habituales.

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