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Solo la mitad de los pisos turísticos han logrado registrarse antes del plazo límite

Entra en vigor el Registro Único de Alquileres de Corta Duración que exige que todos los alojamientos y pisos turísticos cuenten con un número de registro.

El 1 de julio entra en vigor el Registro Único de Alquileres de Corta Duración, impulsado por el Real Decreto 1312/2024 y el marco europeo, que exige que todos los alojamientos y pisos turísticos cuenten con un número de registro (NRUA) para operar en plataformas online.

Hasta la fecha, se han presentado 199.686 solicitudes, principalmente de alquileres turísticos, una cifra que representa apenas el 50% de los aproximadamente 396.000 alojamientos turísticos activos en España:

  • 90.046 aprobadas

  • 17.596 denegadas

  • 92.044 pendientes de revisión por parte del Colegio de Registradores

La nueva norma habilita un sistema de verificación legal y urbanística, incluyendo geolocalización y revisión de licencias, y contempla la posibilidad de subsanar errores en un plazo de siete días.

Resistencias y sanciones de varias Comunidades Autonómas

Varias Comunidades Autónomas (Andalucía, Canarias, Valencia, Murcia) han presentado recursos alegando que el decreto invade competencias autonómicas y carece de mecanismos inspectores contundentes.

Además, Fevitur advierte que el 70% del parque actual podría desaparecer por no cumplir requisito, lo que supondría una pérdida de 13.737M€ entre julio y diciembre. ¿Qué implica y por qué importa?

  • Obligatorio desde el 1 de julio: sin NRUA no se puede anunciar en OTA como Airbnb o Booking.

  • Multas y cierre de anuncios: la plataforma debe hacer pública la cifra y cumplir con sanciones en caso de irregularidades.

  • Transparencia y control: la medida busca combatir el fraude, proteger a usuarios, y facilitar la inspección interadministrativa.

¿Qué deben hacer los propietarios de pisos turísticos?

  • Obtener un NRUA por cada inmueble, incluyendo referencia catastral, tipo de alquiler, capacidad y licencias autonómicas.

  • Incluir el número en todos los canales de reserva.

  • Si ha recibido una aprobación provisional, puede operar mientras se completa la revisión final.

Contexto europeo de la vivienda

España se convierte en el primer país en implementar el registro obligatorio según la normativa UE. El objetivo: ordenar un mercado que supera los 396.000 alojamientos, con alto impacto en ciudades saturadas como Málaga, Baleares o Barcelona .

En resumen, llega un momento de verdad para el alquiler vacacional: sin registro, no hay plaza; sin plaza, no hay alojamiento. El mercado se enfrenta a una criba donde solo la mitad pasa el filtro legal. Si estás en el segmento turístico, este registro no es un trámite más: es la llave para seguir siendo visible y competitivo.

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