La Confederación de hoteles de España, CEHAT, ha celebrado que la Comisión de la Unión Europea haya abierto un procedimiento de infracción contra España por el Real Decreto 933/2021, la norma que regula las obligaciones de registro documental e información de las personas viajeras. (La Unión Europea abre expediente sancionador a España por el Decreto 933)
Los hoteles de España celebran la postura de la UE, que exige la supresión del Decreto 933
Una postura que comparte la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid (AEHM), una de las principales del país, que considera que la actuación de Bruselas confirma las advertencias que el sector turístico venía realizando desde hace años sobre el alcance, la proporcionalidad y la aplicación práctica de este marco regulatorio.
El Decreto 933 va en contra de la protección de datos de los huéspedes de hoteles
La organización hotelera reclama la derogación inmediata del real decreto y la apertura urgente de una mesa de diálogo en la que participen las administraciones competentes y los sectores afectados.
A su juicio, la respuesta no debe limitarse a ajustes técnicos, sino abordar una revisión de fondo que permita compatibilizar los objetivos de seguridad ciudadana con la protección de datos personales, la seguridad jurídica de las empresas y la operativa diaria de los establecimientos.
Hoteles, agencias de viajes, plataformas de intermediación y empresas de alquiler de vehículos han venido alertando de que el sistema amplía de forma significativa las obligaciones de recopilación, conservación y comunicación de información sobre clientes, con efectos directos en la gestión administrativa y en la responsabilidad de las compañías ante posibles incidencias en materia de privacidad. (Las agencias de viajes exigen tumbar el Decreto 933 tras la reprimenda de Bruselas)
Si el Decreto se mantiene, los costes de los hoteles podrían dispararse
La AEHM recuerda que ya durante 2024 y 2025 había expresado públicamente sus dudas sobre el impacto del Real Decreto 933/2021. La asociación advertía entonces de que la norma podía incrementar la inseguridad jurídica, complicar los procesos de check-in, generar costes operativos añadidos y trasladar a los establecimientos una función de custodia de datos especialmente sensibles que excede, según su criterio, la actividad propia de un alojamiento turístico.
La Comisión Europea cuestiona que el modelo español exija categorías de datos personales que podrían resultar excesivas para la finalidad perseguida. Entre los elementos señalados figuran la información vinculada a medios de pago y localización, el acceso de las autoridades policiales sin una delimitación suficientemente precisa de fines específicos y el plazo de conservación de tres años, considerado desproporcionado por Bruselas en el marco de la normativa comunitaria de protección de datos.
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