La Comisión Europea ha emitido este lunes su primer pronunciamiento oficial en el marco del procedimiento TRIS en el que señala que el Reglamento europeo sobre alquileres de corta duración prohíbe someter una misma vivienda turística a más de un procedimiento de registro cuando ya existe uno obligatorio, con independencia del nivel administrativo que lo imponga.
Respaldo de la Comisión Europea a los pisos turísticos: ¿el registro de VUTs es ilegal?
Bruselas recuerda que el reglamento europeo prohíbe someter una vivienda turística a más de un registro y fija el 20 de mayo como fecha límite.
Sede la Comisión Europea en Bruselas
Es decir, que los pisos turísticos no están obligados a inscribirse en más de un registro, aunque haya "obligación" por parte de un gobierno autonómico y, por otro lado, central.
La resolución se produce durante la tramitación de la Ley de Turismo Sostenible de Andalucía, pero su alcance va más allá del ámbito autonómico, ya que reafirma principios generales del derecho comunitario aplicables al conjunto del sistema de supervisión del alojamiento turístico en España. ( Andalucía es la zona de Europa con más alquileres turísticos)
El procedimiento TRIS y el plazo marcado por la UE
El procedimiento TRIS es el mecanismo de control preventivo de la Unión Europea que obliga a los Estados miembros a notificar a Bruselas los proyectos normativos que puedan afectar al mercado interior o a la libre prestación de servicios, como ocurre en el caso del alojamiento de corta estancia y las plataformas digitales.
En su pronunciamiento, la Comisión fija el 20 de mayo de 2026 como fecha límite para eliminar cualquier duplicidad administrativa que resulte incompatible con el derecho de la UE.
Reacción del sector del alojamiento turístico
La presidenta de FEVITUR y APTUR CV, Silvia Blasco Benito, ha valorado la resolución señalando que “Europa no cuestiona la regulación ni el control del alojamiento de corta estancia, lo que cuestiona es que España haya optado por la duplicidad administrativa en lugar de la coordinación y la interoperabilidad”.
Según explica la patronal, "el pronunciamiento se produce tras la mediación de FEVITUR, a petición de la Asociación de Viviendas y Apartamentos Turísticos de Andalucía (AVVAPro) y en coordinación con la European Holiday Home Association (EHHA), con el objetivo de obtener un criterio claro de Bruselas sobre la aplicación del reglamento europeo".
Blasco sostiene que la resolución “desmonta claramente el modelo de control español basado en la acumulación de registros, ventanillas y obligaciones redundantes que no aportan eficacia real” y subraya que, aunque el análisis se refiera a una norma autonómica, “el alcance del pronunciamiento es general y afecta al conjunto del sistema regulatorio español”.
Críticas al registro estatal y advertencias al Gobierno
A la luz de este pronunciamiento, FEVITUR denuncia que la decisión del Estado de encomendar a los registradores de España la implantación de un registro estatal adicional está provocando, según la patronal, “la salida forzada del mercado de operadores plenamente legales, tanto de propietarios particulares como de empresas gestoras".
La organización advierte de que esta situación podría derivar en "reclamaciones contra el Estado por responsabilidad patrimonial y en un procedimiento sancionador europeo si el sistema se mantiene más allá del plazo fijado por Bruselas".
En palabras de Blasco, “la inseguridad jurídica no es una herramienta de política pública. Si Europa exige interoperabilidad, España no puede responder con duplicidad”.
Por ello, FEVITUR insta al Gobierno a adaptar de forma inmediata el Real Decreto 1312/2024, suspender la Orden Ministerial VAU/1560/2025 y "abrir un proceso de diálogo con las comunidades autónomas y el sector para avanzar hacia un sistema único e interoperable, alineado con el marco europeo".
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